Hoy en día, una de las principales infracciones cometida por los conductores es circular con la ITV caducada, negativa o con resultado desfavorable, cosa que se convierte en un riesgo para la propia seguridad del conductor y de los demás pasajeros, viandantes y usuarios de las carreteras. Esta situación es debida, en muchas ocasiones, por el intento de ahorro de los propietarios de los vehículos, lo que no se esta teniendo en cuenta es que ese supuesto ahorro se puede acabar convirtiendo en todo lo contrario.
Estudios demuestran que la media de antigüedad de los vehículos implicados en accidentes mortales asciende hasta los 14 años de media. Debemos recodar que, la Inspección técnica de vehículos (ITV) es de carácter obligatorio para todos los matriculados en España, cuyo objetivo es garantizar el óptimo estado de este en la circulación en carretera. En esta inspección se revisan elementos como frenos, dirección, emisiones, neumáticos, alumbrado, señalización, motor, acondicionamiento interior y exterior del vehículo, etc.
1.Multas por no realizar la ITV.
Desde mediados de 2013 las estaciones de ITV están obligadas a comunicar a la DGT todos los resultados de las inspecciones a través de internet, así que disponen de toda la información actualizada. Esto conlleva que la DGT puede sancionar automáticamente a aquellos vehículos que detecten que circulan sin la ITV al día con la multa correspondiente, sin necesidad de pararlos en las carreteras.
2.No realizar la ITV se considera una infracción grave.
Circular con la ITV caducada o desfavorable es de 200 euros, mientras que circular con la ITV negativa supone una multa de hasta 500 euros.
3.Tu aseguradora puede negarse a cubrir los daños.
En caso de tener contratado el seguro obligatorio, si se demuestra que el accidente a sido a causa de un fallo que podría haberse detectado en la ITV, el seguro puede reclamar al asegurado y al conductor los costes de los daños ocasionados a terceros.
4.Se complica la venta de tu vehículo.
En caso de querer vender tu vehículo, es importante tener la ITV en regla, ya que será una tarea mucho más fácil. Es posible vender un vehículo sin ella, pero esto puede llevar a tus futuros clientes a pensar, ¿qué tendrá el vehículo para no pasar la ITV? No tenerla en regla a la hora de vender el vehículo, puede crear desconfianza, por lo tanto, dificultará el proceso y reducirá el precio de este.
¿Cuándo debo pasar la ITV?
Turismos:
- La primera ITV debe realizarse antes de los 4 años desde su primera fecha de matriculación.
- A partir de la primera inspección y hasta los 4 años, debe realizarse cada 2 años.
- En los coches de más de 10 años, debemos pasarla cada año.
Motocicletas, cuadriciclos y vehículos y ciclomotores de tres ruedas:
- La primera ITV debe realizarse antes de los 4 años desde su primera fecha de matriculación.
- A partir de la primera inspección, cada 2 años.
Ciclomotores d dos ruedas:
- La primera ITV debe realizarse a los 3 años desde su primera fecha de matriculación.
- A partir de la primera inspección, cada dos años.
Volvemos a recordar que la ITV es obligatoria en todo el ámbito español. Si esta caducase en un viaje al extranjero, podremos realizarla en sus instalaciones, pero al volver a España deberemos volver a pasarla ya que la realizada en el extranjero no nos será válida. Por eso que desde Romakuruma Suzuki os recomendamos tener siempre al día la ITV y si tenemos que viajar, preverlo y realizarla antes de salir del país con tal de que no suponga un engorro a la vuelta.